El Impuesto sobre Sociedades en España — Tipos, Deducciones y Régimen de Nueva Empresa
El Impuesto sobre Sociedades (IS) español, regulado por la Ley 27/2014, grava la renta mundial de las entidades residentes en España al tipo general del 25%. Este tipo se sitúa por debajo de la media de la OCDE (23,5% en 2025) y es competitivo frente a las principales economías europeas: Alemania (29,8% efectivo incluyendo Gewerbesteuer), Francia (25,83% incluyendo contribution sociale) e Italia (27,9% incluyendo IRAP).
Las entidades de nueva creación que obtengan base imponible positiva aplican un tipo reducido del 15% en el primer período impositivo con beneficios y en el siguiente (art. 29.1 LIS). Este incentivo es particularmente relevante para filiales de multinacionales que inician operaciones en España, ya que permite reinvertir una mayor proporción de los beneficios iniciales en el crecimiento de la actividad local.
España ofrece un catálogo amplio de deducciones e incentivos fiscales relevantes para empresas internacionales. La deducción por I+D+i (arts. 35-36 LIS) permite deducciones de entre el 25% y el 42% del gasto en investigación y desarrollo, y del 12% para innovación tecnológica. La Patent Box (art. 23 LIS) permite una reducción del 60% en la base imponible de las rentas procedentes de la cesión de patentes y activos intangibles. Adicionalmente, las deducciones por creación de empleo y por inversiones en producciones cinematográficas complementan el marco de incentivos.
Para el cálculo de la base imponible, se parte del resultado contable conforme al Plan General de Contabilidad (RD 1514/2007), con los ajustes extracontables previstos en la LIS. Las diferencias entre la normativa contable española (PGC, adaptado a IFRS) y los estándares del grupo (IFRS, US GAAP, local GAAP del país de la matriz) requieren un proceso de conciliación que Euroaccounts gestiona como parte de su servicio de compliance fiscal. Con más de 500 empresas asesoradas desde Madrid, tenemos experiencia directa con las particularidades contables de cada jurisdicción.
- IS tipo general: 25% — competitivo en el contexto europeo
- Nuevas empresas: 15% los 2 primeros ejercicios con beneficios (art. 29.1 LIS)
- Deducción I+D: 25%-42% del gasto, innovación tecnológica 12%
- Patent Box: reducción del 60% en rentas de cesión de intangibles
- Pagos fraccionados: modelos 202 en abril, octubre y diciembre
