Normativa de Consolidación Aplicable — NOFCAC, IFRS 10 y NIC 21
La consolidación de cuentas de una filial española dentro de un grupo internacional está sujeta a un doble marco normativo: la normativa española de consolidación y las normas internacionales que aplica el grupo.
Normativa española — NOFCAC (RD 1159/2010)
- Las Normas de Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas regulan la consolidación de cuentas en España para grupos obligados a consolidar
- Define los métodos de consolidación: integración global (sociedades dependientes, participación >50% o control efectivo), integración proporcional (negocios conjuntos, aplicación limitada) y procedimiento de puesta en equivalencia (sociedades asociadas, participación 20-50%)
- Establece los procedimientos de eliminación: inversión-fondos propios, operaciones intercompañía, resultados internos y dividendos
- Obligación de consolidar cuando la sociedad dominante sea española. Si la dominante es extranjera, la filial española contribuye al paquete de consolidación del grupo según la normativa que este aplique
Normativa internacional — IFRS 10 (Consolidated Financial Statements)
- IFRS 10 establece los principios de consolidación basados en el concepto de control: poder sobre la participada, exposición a rendimientos variables y capacidad de utilizar el poder para influir en dichos rendimientos
- Requiere la uniformidad de políticas contables entre las entidades del grupo y la eliminación completa de transacciones, saldos y resultados no realizados intragrupo
- Para grupos cotizados en la UE, las IFRS son de aplicación obligatoria en las cuentas consolidadas (Reglamento CE 1606/2002)
NIC 21 / IAS 21 — Efectos de las Variaciones en los Tipos de Cambio
- Cuando la moneda funcional de la filial (euro) difiere de la moneda de presentación del grupo (USD, GBP, etc.), NIC 21 establece el método de conversión
- Activos y pasivos: tipo de cambio de cierre del período
- Ingresos y gastos: tipo de cambio medio del período (salvo fluctuaciones significativas)
- Diferencias de conversión: se registran en otro resultado integral (OCI) dentro del patrimonio neto
- El fondo de comercio y los ajustes de valor razonable derivados de la adquisición se tratan como activos de la filial y se convierten al tipo de cierre
- Doble cumplimiento: normativa española NOFCAC y normativa internacional del grupo
- Tres métodos de consolidación según nivel de participación y control
- Conversión de moneda según NIC 21 con tratamiento específico del goodwill
- IFRS 10 obligatorio para grupos cotizados en la UE
