Movilidad

Relocation de Directivos Internacionales a España

Coordinación integral para que el directivo se enfoque en el negocio, no en la burocracia

27+ años de experiencia
500+ empresas asesoradas
3 idiomas: ES·EN·FR
60+ países vía INPACT

El proceso de relocation de un directivo internacional a España implica entre 8 y 14 trámites administrativos ante organismos distintos, con plazos que oscilan entre 1 y 12 semanas según la nacionalidad del trabajador y el tipo de permiso requerido. Euroaccounts, desde 1996 en Madrid y con más de 500 empresas internacionales asesoradas, coordina la totalidad del proceso — fiscal, laboral, migratorio y bancario — como punto único de contacto entre la empresa matriz, el departamento de RRHH y las autoridades españolas. Como miembros de INPACT Global, garantizamos la coordinación con asesores en el país de origen para evitar lagunas fiscales o duplicidades en Seguridad Social.

  • Obtención de NIE y permisos de residencia y trabajo (1-3 semanas para ciudadanos UE, 4-12 semanas para extra-UE)
  • Alta en Seguridad Social española y gestión de certificados A1 (Reglamento CE 883/2004)
  • Análisis de residencia fiscal y planificación del cambio (regla de los 183 días, art. 9 LIRPF)
  • Evaluación de aplicabilidad de la Ley Beckham (art. 93 LIRPF)
  • Coordinación con el departamento de RRHH de la sede central y diseño de políticas de tax equalization
  • Apoyo en apertura de cuenta bancaria, vivienda y escolarización de hijos

Líderes globales que ya operan con nosotros

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Soluciones de Relocation para Directivos

Cada traslado internacional tiene implicaciones fiscales, laborales y migratorias únicas

Pre-arrival Tax Briefing

Antes de que el directivo aterrice en España, elaboramos un informe fiscal personalizado que compara la carga tributaria en origen vs. destino, identifica oportunidades (Ley Beckham, convenios de doble imposición) y establece el calendario óptimo de llegada. La fecha de entrada en España puede cambiar radicalmente la tributación del ejercicio.

Gestión Migratoria Completa

Tramitamos el NIE (Número de Identidad de Extranjero), permisos de residencia y trabajo, y visados para familiares. Para ciudadanos UE, el proceso se resuelve en 1-3 semanas; para extra-UE, gestionamos la autorización inicial de residencia por cuenta ajena altamente cualificado conforme a la Ley Orgánica 4/2000 y el RD 557/2011.

Coordinación de Seguridad Social Internacional

Determinamos el régimen de Seguridad Social aplicable según el Reglamento CE 883/2004 (para trabajadores de la UE/EEE) o los convenios bilaterales que España mantiene con más de 25 países. Gestionamos el certificado A1 para desplazamientos temporales y las altas en el sistema español cuando corresponda, evitando la doble cotización.

Tax Equalization y Coordinación con HQ

Diseñamos e implementamos políticas de tax equalization que aseguran que el directivo no soporte un coste fiscal superior al que tendría en su país de origen. Preparamos los cálculos hipotéticos (hypothetical tax), coordinamos con el asesor en origen a través de nuestra red INPACT Global, y producimos el reporting periódico para el departamento de compensación del grupo.

Proceso de Relocation con Euroaccounts

Un interlocutor único para un proceso que involucra múltiples organismos

1

Evaluación Inicial y Tax Briefing

1-2 semanas

Reunión con RRHH de la empresa matriz y el directivo. Análisis de la situación fiscal en origen, determinación de residencia fiscal, evaluación de regímenes especiales aplicables (Ley Beckham), revisión de convenios de doble imposición y convenios de Seguridad Social. Entrega de informe de pre-arrival con recomendaciones y calendario óptimo.

2

Trámites Migratorios y NIE

1-12 semanas

Solicitud de NIE ante la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía. Para ciudadanos extra-UE, tramitación del permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena altamente cualificado (RD 557/2011, art. 71-76) o, en su caso, tarjeta azul UE. Extensión de permisos a cónyuge e hijos dependientes conforme a la reagrupación familiar (art. 52-58 RD 557/2011).

3

Alta Laboral y Seguridad Social

1-2 semanas

Alta del trabajador en la Seguridad Social española (Régimen General). Si procede, gestión del certificado A1 para mantener la legislación de Seguridad Social del país de origen (máximo 24 meses para desplazamientos dentro de la UE). Para países con convenio bilateral, solicitud de certificado de cobertura equivalente.

4

Apertura Bancaria y Logística

1-2 semanas

Asistencia en la apertura de cuenta bancaria corporativa y personal en entidades con experiencia en clientes internacionales. Orientación sobre vivienda en Madrid, colegios internacionales y servicios de asentamiento para la familia del directivo.

5

Activación Fiscal y Modelo 149

En paralelo

Si se cumplen los requisitos, presentación del Modelo 149 ante la AEAT para acogerse al régimen especial de impatriados (Ley Beckham) dentro del plazo de 6 meses desde el alta en Seguridad Social. Inscripción en el censo de obligados tributarios y obtención del certificado de residencia fiscal española si es necesario para aplicar convenios de doble imposición.

6

Seguimiento Continuo

Permanente

Preparación de declaraciones fiscales en España (IRPF o IRNR según régimen), coordinación con el asesor en origen para la declaración en el país de procedencia, actualización de cálculos de tax equalization y reporting periódico al grupo. Gestión de renovaciones de permisos y cambios de circunstancias.

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Normativa Migratoria y Laboral Aplicable al Relocation de Directivos

El traslado de un directivo internacional a España está regulado por un entramado normativo que abarca el derecho migratorio, laboral, fiscal y de Seguridad Social. Conocer las normas aplicables y sus plazos es esencial para evitar sanciones y optimizar la carga tributaria.

Normativa migratoria: La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 557/2011, de 20 de abril) regulan los permisos de residencia y trabajo para ciudadanos extra-UE. Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza se rigen por el Real Decreto 240/2007, que transpone la Directiva 2004/38/CE de libre circulación.

Seguridad Social internacional: El Reglamento (CE) 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo establece las normas de coordinación de los sistemas de Seguridad Social dentro de la UE/EEE. Su principio fundamental es que el trabajador cotiza en un solo Estado miembro, normalmente el de empleo efectivo, salvo en caso de desplazamiento temporal (certificado A1, máximo 24 meses). España mantiene además convenios bilaterales de Seguridad Social con más de 25 países (incluidos EE.UU., Canadá, Japón, Australia, China, Marruecos, entre otros), que evitan la doble cotización y permiten la totalización de periodos de cotización para el cálculo de prestaciones.

Residencia fiscal: El artículo 9 de la Ley 35/2006 del IRPF establece que una persona física es residente fiscal en España cuando permanece más de 183 días durante el año natural en territorio español, cuando radica en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, o cuando el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes residen habitualmente en España (presunción iuris tantum). La fecha de llegada del directivo tiene implicaciones directas: llegar antes del 2 de julio convierte al directivo en residente fiscal español por ese ejercicio completo; llegar después puede permitir tributar como no residente durante el primer año.

  • Ley Orgánica 4/2000 y RD 557/2011 — marco migratorio para extra-UE
  • RD 240/2007 — libre circulación para ciudadanos UE/EEE/Suiza
  • Reglamento CE 883/2004 — coordinación de Seguridad Social en la UE
  • Convenios bilaterales de Seguridad Social con más de 25 países
  • Art. 9 Ley 35/2006 (LIRPF) — criterios de residencia fiscal (183 días)

Políticas de Tax Equalization y Coordinación con la Empresa Matriz

Las políticas de tax equalization son el mecanismo estándar que utilizan las multinacionales para garantizar que los directivos desplazados internacionalmente no soporten una carga fiscal mayor (ni menor) que la que tendrían en su país de origen. Euroaccounts diseña, implementa y administra estas políticas para más de 500 empresas internacionales desde 1996.

El proceso comienza con el cálculo del hypothetical tax: la cantidad de impuestos que el directivo habría pagado si hubiera permanecido en su país de origen con su misma retribución. Esta cifra se deduce de su compensación neta, y la empresa asume la diferencia entre el impuesto hipotético y el impuesto real en España. Este mecanismo puede funcionar en ambas direcciones: si España es más cara fiscalmente, la empresa absorbe el exceso; si es más barata (por ejemplo, por la aplicación de la Ley Beckham con un tipo fijo del 24%), la empresa recupera el ahorro.

La coordinación es crítica. Como miembros de INPACT Global, Euroaccounts trabaja directamente con la firma asesora del país de origen para obtener los datos fiscales necesarios, evitar la doble imposición aplicando correctamente el convenio bilateral (España tiene CDI con más de 90 países) y preparar un reporting unificado que el departamento de compensación del grupo pueda consolidar.

La implementación incluye: cálculo mensual de retenciones ajustadas al régimen aplicable (general o Beckham), preparación de la declaración del IRPF (Modelo 100) o del IRNR (Modelo 210) según corresponda, coordinación de la declaración en el país de origen, y el cálculo final de la equalización al cierre de cada ejercicio fiscal.

  • Cálculo de hypothetical tax y true-up anual
  • Coordinación con asesores en origen a través de la red INPACT Global
  • Aplicación de convenios de doble imposición (más de 90 CDI firmados por España)
  • Reporting periódico para el departamento de compensación del grupo
  • Gestión integral de declaraciones fiscales en España y coordinación con origen

Relocation Familiar y Apoyo al Asentamiento en España

El éxito de un traslado internacional no depende solo de resolver la fiscalidad y los permisos. El directivo necesita que su familia se asiente correctamente en España para poder concentrarse en su función. Euroaccounts, con 30 años de experiencia en Madrid asesorando a más de 500 empresas internacionales, conoce las necesidades prácticas de las familias de expatriados.

Los permisos de residencia para familiares se tramitan conforme al artículo 52 a 58 del RD 557/2011 (reagrupación familiar para extra-UE) o al RD 240/2007 (familiares de ciudadanos UE). Para cónyuges de ciudadanos extra-UE, el permiso de trabajo no es automático y debe solicitarse expresamente, lo que requiere planificación previa si el cónyuge desea trabajar en España.

Desde el punto de vista fiscal, el traslado de la familia tiene implicaciones directas en la determinación de la residencia fiscal. El artículo 9.1.b de la Ley 35/2006 establece una presunción de residencia fiscal cuando el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes residen habitualmente en España. Esta presunción es iuris tantum (admite prueba en contrario), pero en la práctica obliga a planificar cuidadosamente el momento del traslado familiar para evitar conflictos de residencia fiscal en el año de transición.

Euroaccounts orienta a las familias de directivos en aspectos prácticos: apertura de cuentas bancarias, inscripción en el padrón municipal (obligatoria y necesaria para múltiples trámites), obtención de la tarjeta sanitaria, y conexión con colegios internacionales en Madrid. Nuestro equipo trilingüe (español, inglés y francés) facilita todas las comunicaciones con las administraciones públicas y los proveedores de servicios.

  • Permisos de residencia para cónyuge e hijos (RD 557/2011, arts. 52-58)
  • Implicaciones fiscales de la residencia familiar (art. 9.1.b Ley 35/2006)
  • Inscripción en padrón municipal, tarjeta sanitaria y NIF
  • Orientación en colegios internacionales en Madrid
  • Equipo trilingüe: español, inglés y francés

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Preguntas Frecuentes

Sobre el relocation de directivos internacionales a España

Equipo Internacional Especializado

El equipo de movilidad internacional de Euroaccounts está formado por fiscalistas, laboralistas y especialistas en inmigración que trabajan de forma coordinada bajo la dirección de David Bua. Con experiencia previa en Big4, nuestro equipo entiende las necesidades de las multinacionales y se comunica directamente con los departamentos de RRHH y compensación del grupo en español, inglés y francés. Como miembros de INPACT Global, coordinamos cada traslado con los asesores del país de origen para ofrecer una solución integral sin fisuras.

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