Compliance

Impuesto de Sociedades y Obligaciones Fiscales en España

Cumplimiento fiscal integral para filiales de empresas extranjeras

27+ años de experiencia
500+ empresas asesoradas
3 idiomas: ES·EN·FR
60+ países vía INPACT

El Impuesto sobre Sociedades en España se regula por la Ley 27/2014 y grava la renta mundial de las entidades residentes a un tipo general del 25%, con un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva para entidades de nueva creación. Euroaccounts, desde su sede en Madrid, gestiona el cumplimiento fiscal completo de más de 500 empresas internacionales desde 1996, asegurando que cada filial cumpla con todas las obligaciones tributarias españolas —Impuesto de Sociedades, IVA, retenciones, precios de transferencia, SII y VeriFactu— dentro de los plazos legales y sin contingencias. Como miembros de INPACT Global, coordinamos con los asesores fiscales de la matriz para optimizar la carga tributaria consolidada del grupo.

  • Declaración del Impuesto de Sociedades (Modelo 200/202) y planificación fiscal anual
  • IVA y operaciones intracomunitarias (Modelos 303, 349, 390)
  • Retenciones e ingresos a cuenta (Modelos 111, 115, 123, 216)
  • Documentación de precios de transferencia conforme al art. 18 LIS
  • Alta y gestión del SII (Suministro Inmediato de Información) para grandes empresas
  • Preparación para VeriFactu (obligatorio desde enero 2027 para sociedades)

Líderes globales que ya operan con nosotros

Balt CAE Check Point Corpay Cubus Euronet Ria Money Transfer Essence Group Semap The Navigator Company

Soluciones de Cumplimiento Fiscal para su Filial

Cobertura completa del ciclo fiscal español, desde la declaración trimestral hasta la inspección

Impuesto de Sociedades (IS)

Preparamos y presentamos la declaración anual del Impuesto de Sociedades (Modelo 200) y los pagos fraccionados trimestrales (Modelo 202). Aplicamos las deducciones y bonificaciones disponibles, incluyendo I+D+i, doble imposición internacional y reserva de capitalización, coordinando con la matriz para maximizar la eficiencia fiscal del grupo.

IVA y Operaciones Intracomunitarias

Gestionamos todas las obligaciones en materia de IVA: autoliquidaciones trimestrales o mensuales (Modelo 303), resumen anual (Modelo 390), declaraciones de operaciones intracomunitarias (Modelo 349) e inclusión en el SII cuando corresponda. Controlamos las inversiones de sujeto pasivo y las operaciones exentas con derecho a deducción.

Retenciones y Pagos a Cuenta

Calculamos y presentamos las retenciones sobre rendimientos del trabajo (Modelo 111), alquileres (Modelo 115), dividendos e intereses (Modelo 123) y rentas de no residentes (Modelo 216). Verificamos la correcta aplicación de los Convenios de Doble Imposición para reducir la tributación en origen.

Precios de Transferencia

Preparamos la documentación obligatoria de precios de transferencia conforme al artículo 18 de la Ley 27/2014 y al RD 634/2015: Master File, Local File y Country-by-Country Report. Definimos políticas de precios de transferencia que resistan una inspección fiscal y se alineen con las directrices OCDE y la matriz del grupo.

Cómo Gestionamos sus Obligaciones Fiscales

Un proceso estructurado que garantiza el cumplimiento en plazo y sin sorpresas

1

Diagnóstico fiscal inicial

1-2 semanas

Analizamos la estructura societaria, las operaciones vinculadas, los flujos de facturación y las obligaciones censales vigentes. Identificamos riesgos y oportunidades de optimización fiscal desde el primer día.

2

Configuración del calendario fiscal

1 semana

Elaboramos un calendario personalizado con todas las obligaciones tributarias de la filial: modelos, plazos, importes estimados y responsables. Lo integramos en nuestro sistema de alertas para que ningún plazo quede sin cubrir.

3

Gestión recurrente trimestral/mensual

Continuo

Cada trimestre (o mes, si aplica SII) preparamos, revisamos y presentamos todas las declaraciones fiscales. Enviamos borrador al cliente para validación antes del cierre de plazo y mantenemos comunicación directa con la matriz para cualquier ajuste.

4

Cierre fiscal y declaración anual

Julio

Preparamos el cierre del ejercicio fiscal, calculamos el resultado contable y fiscal, aplicamos ajustes extracontables y presentamos el Modelo 200 dentro del plazo legal (25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio). Coordinamos con auditores si aplica.

5

Revisión y planificación del siguiente ejercicio

Sept-Oct

Tras la presentación del IS, revisamos los resultados del ejercicio cerrado, analizamos posibles contingencias y planificamos la estrategia fiscal del ejercicio siguiente, incluyendo pagos fraccionados, deducciones aplicables y operaciones vinculadas previstas.

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Todo lo que su Filial Debe Saber sobre el Impuesto de Sociedades en España

El Impuesto sobre Sociedades (IS), regulado por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, y su Reglamento de desarrollo (RD 634/2015), es el tributo que grava la renta de las entidades jurídicas residentes en España. Las filiales de empresas extranjeras constituidas en España son contribuyentes del IS por su renta mundial.

El tipo general es del 25%, aunque las entidades de nueva creación tributan al 15% durante el primer período impositivo con base imponible positiva y el siguiente (art. 29.1 LIS). Existen tipos reducidos para entidades sin fines lucrativos (10%), cooperativas fiscalmente protegidas (20%) y entidades de la Zona Especial Canaria (4%).

Las principales obligaciones formales del IS incluyen:

  • Modelo 200: Declaración anual del IS. Plazo: 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Para ejercicios coincidentes con el año natural, el plazo finaliza el 25 de julio.
  • Modelo 202: Pagos fraccionados. Se presentan en los primeros 20 días naturales de abril, octubre y diciembre. La modalidad de cálculo (art. 40.2 o 40.3 LIS) puede suponer diferencias significativas de tesorería.
  • Modelo 220: Declaración consolidada para grupos fiscales (art. 56 y ss. LIS).

Los ajustes extracontables más habituales en filiales internacionales incluyen: gastos no deducibles (liberalidades, sanciones), amortización fiscal vs contable, limitación a la deducibilidad de gastos financieros (art. 16 LIS, límite del 30% del beneficio operativo), y correcciones por operaciones vinculadas. La reserva de capitalización (art. 25 LIS) permite reducir la base imponible en un 10% del incremento de fondos propios, una herramienta infrautilizada por muchas filiales.

Euroaccounts aplica todas las deducciones disponibles —doble imposición internacional (art. 31-32 LIS), I+D+i (art. 35 LIS), creación de empleo— y coordina con la matriz a través de la red INPACT Global para evitar la doble tributación efectiva del grupo.

  • Tipo general IS: 25% (15% para entidades de nueva creación los 2 primeros ejercicios con BI positiva)
  • Modelo 200 (anual): plazo hasta 25 de julio para ejercicios = año natural
  • Modelo 202 (pagos fraccionados): abril, octubre, diciembre
  • Limitación gastos financieros: 30% del beneficio operativo (art. 16 LIS)
  • Reserva de capitalización: reducción del 10% del incremento de fondos propios

IVA, Operaciones Intracomunitarias y Suministro Inmediato de Información (SII)

El Impuesto sobre el Valor Añadido en España está regulado por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre. Los tipos vigentes son: 21% (general), 10% (reducido) y 4% (superreducido). Las filiales de empresas extranjeras que realizan operaciones sujetas deben darse de alta como operadores intracomunitarios (ROI) y cumplir con un conjunto de obligaciones formales periódicas.

Las declaraciones principales son:

  • Modelo 303: Autoliquidación trimestral (o mensual para inscritos en REDEME o en SII). Plazos trimestrales: 20 de abril, julio, octubre y 30 de enero del ejercicio siguiente.
  • Modelo 390: Resumen anual del IVA. Plazo: 30 de enero. Exentos de presentar el 390 los sujetos pasivos inscritos en SII.
  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Periodicidad mensual o trimestral según volumen.

El Suministro Inmediato de Información (SII) es obligatorio desde 2017 para empresas con facturación superior a 6.010.121,04 EUR, grupos de IVA e inscritos en REDEME. Obliga a remitir electrónicamente los registros de facturación a la AEAT en un plazo de 4 días naturales (8 días durante el primer semestre de implantación). Muchas filiales de multinacionales quedan sujetas al SII por volumen de operaciones del grupo en España.

El sistema VeriFactu (regulado por el RD 1007/2023) establece requisitos de facturación electrónica verificable para todos los contribuyentes del IS. VeriFactu exige que los sistemas informáticos de facturación generen un registro de facturación con huella digital (hash encadenado) que garantice la integridad e inalterabilidad de los datos. Tras una ampliación de plazos por la AEAT, la obligación entra en vigor el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del IS y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales. Las filiales deben preparar la adaptación técnica durante 2026 para cumplir en plazo.

Euroaccounts gestiona más de 500 empresas en Madrid con obligaciones de IVA y SII, y ha implementado los procesos de adaptación a VeriFactu para garantizar que los sistemas de facturación de las filiales de sus clientes cumplan con los nuevos requisitos técnicos antes de los plazos legales.

  • IVA general 21%, reducido 10%, superreducido 4%
  • Modelo 303 trimestral (o mensual en SII): plazos abril, julio, octubre, enero
  • SII obligatorio para facturación > 6.010.121,04 EUR
  • VeriFactu (RD 1007/2023): facturación electrónica verificable con hash encadenado
  • Modelo 349: operaciones intracomunitarias — periodicidad según volumen

Calendario Completo de Obligaciones Fiscales para Filiales Extranjeras en España

Una filial de empresa extranjera en España puede tener más de 30 obligaciones formales anuales ante la Agencia Tributaria. El incumplimiento de plazos genera recargos automáticos del 1% por cada mes de retraso (hasta el 12.º mes), 15% a partir del 12.º mes, más intereses de demora (el 4,0625% previsto para 2026, sujeto a confirmación en los Presupuestos Generales del Estado). Las sanciones por presentación incorrecta oscilan entre el 50% y el 150% de la cuota no ingresada, según la gravedad de la infracción (arts. 191-195 LGT).

Calendario trimestral estándar (ejercicio = año natural):

  • Enero (1-20/30): Modelo 111 (retenciones trabajo, 4T), Modelo 115 (retenciones alquileres, 4T), Modelo 123 (retenciones capital, 4T), Modelo 303 (IVA 4T), Modelo 349 (intracomunitarias 4T), Modelo 390 (resumen anual IVA), Modelo 180 (resumen anual alquileres), Modelo 190 (resumen anual retenciones trabajo), Modelo 193 (resumen anual retenciones capital).
  • Abril (1-20): Modelo 111 (1T), Modelo 115 (1T), Modelo 123 (1T), Modelo 303 (IVA 1T), Modelo 202 (pago fraccionado IS, 1.er plazo), Modelo 349 (1T).
  • Julio (1-20/25): Modelo 111 (2T), Modelo 115 (2T), Modelo 123 (2T), Modelo 303 (IVA 2T), Modelo 200 (declaración anual IS, hasta el 25), Modelo 349 (2T).
  • Octubre (1-20): Modelo 111 (3T), Modelo 115 (3T), Modelo 123 (3T), Modelo 303 (IVA 3T), Modelo 202 (pago fraccionado IS, 2.º plazo), Modelo 349 (3T).
  • Diciembre (1-20): Modelo 202 (pago fraccionado IS, 3.er plazo).

A estas obligaciones se suman los Modelos 216 (retenciones rentas no residentes, trimestral) y 296 (resumen anual no residentes) cuando la filial paga dividendos, intereses o cánones a la matriz o a otras entidades del grupo no residentes. Si aplica la Directiva Matriz-Filial (2011/96/UE), los dividendos distribuidos pueden estar exentos de retención bajo ciertos requisitos (participación mínima del 5% mantenida durante al menos 1 año).

El equipo de Euroaccounts en Madrid gestiona este calendario completo para cada una de las más de 500 empresas que asesora, utilizando sistemas de control de plazos y revisión cruzada que garantizan cero incumplimientos. Como miembros de INPACT Global, aseguramos que la información fluya a la matriz en tiempo y forma para su consolidación.

  • Más de 30 obligaciones formales anuales para una filial estándar
  • Recargo por presentación extemporánea: 1% por mes (hasta 12 meses), 15% a partir del 12.º mes
  • Sanciones por declaración incorrecta: 50%-150% de la cuota (arts. 191-195 LGT)
  • Interés de demora 2026: 4,0625%
  • Directiva Matriz-Filial (2011/96/UE): exención retención dividendos con participación ≥ 5% y tenencia ≥ 1 año

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Preguntas Frecuentes

Respuestas a las dudas más habituales sobre fiscalidad de filiales extranjeras en España

Equipo Internacional Especializado

El departamento fiscal de Euroaccounts en Madrid está liderado por profesionales con experiencia previa en Big4 y especialización en fiscalidad internacional. Nuestro equipo trilingüe (español, inglés, francés) gestiona el cumplimiento fiscal de más de 500 empresas de 40 nacionalidades desde 1996. Como miembros de INPACT Global, coordinamos directamente con los asesores fiscales de la matriz en cualquier jurisdicción para garantizar la coherencia fiscal del grupo y evitar la doble imposición.

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