Sustancia económica y cumplimiento de ATAD 3 en España

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En el actual entorno de fiscalidad internacional, la mera inscripción de tu sociedad en el Registro Mercantil ya no es suficiente para que operes con seguridad jurídica. Las autoridades fiscales exigen ahora una «vida real» detrás de cada CIF. Si tu empresa no demuestra una estructura operativa sólida, corres el riesgo de que la AEAT ignore tu personalidad jurídica, eliminando cualquier ventaja fiscal previa.

La sustancia económica es la capacidad operativa real de una sociedad para desarrollar su objeto social. En España, se demuestra mediante la presencia de medios humanos cualificados, activos materiales físicos (oficinas) y una toma de decisiones estratégica efectiva realizada por los administradores desde territorio nacional.

Estrategia fiscal internacional

Para garantizar el acceso a los beneficios de los convenios de doble imposición, es imperativo que tu filial española demuestre autonomía de gestión y presencia física verificable ante la Agencia Tributaria.

  • Protección de exenciones en el reparto de dividendos y cánones hacia la matriz.
  • Mitigación del riesgo de calificación como «sociedad pantalla» (Shell Company).
  • Cumplimiento proactivo con la propuesta de directiva europea ATAD 3.

Tax compliance y normativa legal española

La sustancia económica no es un concepto genérico; es una realidad operativa que debes demostrar mediante recursos humanos, medios materiales y capacidad de decisión local.

El marco legal español permite a la inspección elevar el velo de estructuras artificiales. Esto es especialmente crítico si has decidido crear un holding ETVE en España para gestionar tus participaciones internacionales.

¿Cumple tu estructura con los mínimos de sustancia?

Factor de Análisis Sociedad con Sustancia Sociedad Pantalla (Riesgo)
Gobernanza Administradores locales con poderes reales. Administradores que solo ejecutan órdenes.
Recursos Humanos Empleados con contrato local. Inexistencia de personal propio.

Impacto en tu reporte y contabilidad

La falta de sustancia afecta directamente a lo que declaras en el Modelo 200 de Sociedades y a la validez de tus precios de transferencia. Hacienda podría impugnar tus gastos si no detecta racionalidad económica.

Roadmap estratégico de validación

  1. Fase 1: Auditoría de indicadores. Analizamos tus ingresos pasivos y dependencia de servicios.
  2. Fase 2: Fortalecimiento material. Adecuamos tus activos y contratos de soporte.
  3. Fase 3: Documentación de gobernanza. Registramos actas que prueben la toma de decisiones en España.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si mi filial solo tiene ingresos por dividendos?

Las sociedades holding son el foco principal de la AEAT. Según el artículo 14 de la LIS, debes documentar una gestión activa de las participaciones para no perder la exención por doble imposición de matriz-filial.
La AEAT utiliza este concepto para denegar beneficios de tratados si considera que tu filial en España es un mero «conducto» financiero hacia una jurisdicción fuera de la UE o de baja tributación.
La AEAT utiliza este concepto para denegar beneficios de tratados si considera que tu filial en España es un mero «conducto» financiero hacia una jurisdicción fuera de la UE o de baja tributación.
Delegar el reporting financiero en expertos externos no quita sustancia, siempre que las decisiones estratégicas y el control del negocio permanezcan dentro de tu organización en España.
Los datos sobre operaciones vinculadas en el Modelo 232 suelen ser la primera señal que utiliza Hacienda para iniciar una comprobación profunda de tu sustancia económica.
Artículo validado por
Imagen de David Búa
David Búa
Partner en EUROACCOUNTS

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